Costo:Gratuito
Conforme a los Art. 55 a 60 y 63 al 66 del Reglamento de la Ley #4 del Seguro Social de los Trabajadores de la Educación del Estado de Veracruz , que a la letra dice:
Únicamente pueden solicitar el pago del 50% anticipado de la póliza de defunción, los derechohabientes del Seguro Social de los Trabajadores de la Educación del Estado de Veracruz que se pensionen conforme a la Ley del Instituto de Pensiones del Estado y que a la fecha de baja ocupen una plaza en el ramo educativo y que cuenten con una antigüedad mínima de 15 años de servicio en dicho ramo.
Requisitos:
- Oficio de solicitud dirigido a Director/a-Gerente. (Original y Copia)
- Baja del Servicio por jubilación o pensión. (Original)
- Hoja curricular de servicio. (Original)
- Acuerdo de pensión del IPE. (Original)
- Acta de nacimiento de la o el derechohabiente. (Original)
- Último talón de cheque. (Copia)
- Identificación oficial con fotografía y credencial del SSTEEV. (Copia)